Servicios notariales disponibles
(Art. 2116 del Código Civil).
La persona que confiere el encargo se denomina comitente o mandante, y quien lo acepta recibe el nombre de apoderado, procurador o mandatario.
El mandato puede ser especial cuando comprende uno o más negocios especialmente determinados, o general cuando se otorga para todos los negocios del mandante, ya sea sin excepciones o con una o más excepciones determinadas.
(Art. 2130 del Código Civil).
Cabe señalar que el encargo objeto del mandato también puede otorgarse por instrumento privado, siempre que la ley no exija instrumento público. No obstante, en un juicio, la prueba testimonial del mandato que conste en instrumento privado solo se admitirá conforme a las reglas generales que rigen la materia.
(Art. 2123 del Código Civil).
Notaría Carlos Alarcón Lara
En nuestra notaría, las funciones a cargo de don Carlos Alarcón están orientadas a ofrecer una atención especializada, profesional y dedicada a quienes requieren servicios notariales, con énfasis en la eficiencia, confianza y respaldo técnico necesarios para cada trámite legal. El enfoque principal es responder de manera clara y oportuna a las consultas y requerimientos de los usuarios, con un compromiso permanente por un servicio de calidad, cercano y transparente, que genere seguridad jurídica para la comunidad.
Funcionarios
MARÍA EDILIA ÁLVAREZ SOTO
ROBERTO FERNANDO VILLAMÁN TORRES
RAMÓN OCTAVIO QUEZADA DÍAZ
IVÁN ANDRÉS PARRA TORRES
CLAUDIO ANTONIO HIDALGO FUENTES
NICOLE ANDREA HERNÁNDEZ DÍAZ
KAREN VERÓNICA ULZURRUN VALEZUELA
LORENA ALEJANDRA SALAZAR HORMAZABAL
PAMELA ALEJANDRA NICOLE GONZÁLEZ PALOMINOS
ANA MARÍA ROJAS ALARCÓN
Atención notarial responsable
Nuestro equipo trabaja para garantizar que cada acto notarial se realice con el máximo rigor profesional, respetando las normas vigentes y prestando especial atención a las necesidades particulares de quienes nos visitan.
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